Preguntas Frecuentes – SENCE
Resuelve tus dudas sobre beneficio SENCE
Preguntas frecuentes
Todo lo que necesitas saber sobre la Franquicia Tributaria SENCE
¿Tienes dudas sobre cómo acceder al beneficio SENCE o qué requisitos debes cumplir? En esta sección respondemos las preguntas más comunes sobre la Franquicia Tributaria, sus ventajas, procesos y condiciones. Infórmate y aprovecha al máximo esta herramienta para capacitar personas y fortalecer tu organización.
Es un beneficio estatal que permite a las empresas financiar capacitación y certificación de competencias laborales de sus trabajadores/as, extrabajadores/as y personas sin vínculo laboral, mediante un incentivo tributario gestionado por el SENCE.
Pueden acceder todas las empresas contribuyentes de Primera Categoría ante el SII que:
- Tengan una planilla anual de remuneraciones imponibles superior a 35 UTM.
- Mantengan el pago al día de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores/as.
Sí. Pueden participar en actividades financiadas mediante Franquicia Tributaria:
- Trabajadores/as con contrato vigente.
- Socios/as o dueños/as de empresas.
- Personas mayores de 15 años sin vínculo laboral con la empresa.
- Extrabajadores/as.
- Personas extranjeras con cédula de identidad chilena vigente.
- Capacitación en modalidades presenciales, e-learning o a distancia.
- Evaluación y Certificación de Competencias Laborales (EyCCL).
- Nivelación de estudios básicos y medios.
- Módulos técnicos en CFT, conducente a título técnico.
- Viáticos y traslados para participantes.
- Detección de Necesidades de Capacitación (DNC).
- Gastos de la unidad de capacitación de la empresa.
Paso a paso:
- Definir necesidades de capacitación o evaluación.
- Elaborar un plan anual, idealmente con el Comité Bipartito de Capacitación (CBC).
- Elegir un OTEC u organismo evaluador.
- Decidir si gestionará directamente o a través de un OTIC.
- Ejecutar la actividad y respaldarla adecuadamente.
- Certificar el gasto para obtener el beneficio tributario.
Es una instancia que deben tener todas las empresas con 15 o más trabajadores/as. Está compuesto por igual número de representantes de la empresa y de los trabajadores. Su aprobación permite un 20% adicional en el valor hora o por UCL.
Depende de la planilla anual de remuneraciones del año anterior. Por ejemplo:
Tramo planilla anual | Monto a imputar |
Mayor a 900 UTM | 1% del total |
45 a 900 UTM | 9 UTM |
35 a 44,99 UTM | 7 UTM |
Menor a 35 UTM | 0 UTM |
Depende de su remuneración bruta:
Remuneración bruta | Porcentaje del valor hora/UCL imputable |
Hasta 25 UTM | 100% |
Más de 25 y hasta 50 UTM | 50% |
Más de 50 UTM | 15% |
Capacitación:
- Factura del OTEC o boleta/liq. de sueldo (para cursos internos).
- Certificado de asistencia o declaraciones juradas.
- Respaldo de viáticos (si corresponde).
Evaluación de Competencias (EyCCL):
- Resultado de evaluación.
- Factura pagada.
Nivelación de estudios:
- Certificado de evaluación + acta + factura.
Módulos CFT:
- Certificado de asistencia + factura.
Plazo máximo: 60 días corridos desde el término de la actividad.
La empresa entrega la Declaración Jurada Anual al SENCE.
SENCE valida la información y emite un certificado.
Este certificado se incluye en el Formulario N°22 del proceso de Renta del SII.
- Presencial
- E-learning
- A distancia
Todas deben estar registradas y comunicadas en el sistema del SENCE.
- Sistema de adhesión de empresa
- Comunicación de cursos
- Plataforma EyCCL
- Libro de Clases Electrónico (LCE)
- Sistema de declaración jurada
Accesibles en: https://sence.gob.cl/empresas
Los Organismos Técnicos Intermedios para Capacitación (OTIC) son entidades privadas sin fines de lucro que administran los recursos de capacitación y realizan procesos con SENCE en representación de las empresas. Pueden cobrar hasta un 15% por gestión.
Sí. Solo los OTEC registrados y validados por el SENCE pueden impartir cursos bajo Franquicia Tributaria.
Puedes contactarte con las oficinas regionales del SENCE o ingresar a www.sence.cl. También puedes consultarnos directamente desde nuestra página web.
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